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Los trabajadores agrícolas mexicanos en Estados Unidos padecen de violaciones constantes a sus derechos laborales. Saúl Escobar Toledo

Ahora que se están discutiendo las quejas de Estados Unidos y Canadá contra México en el marco del T-MEC o USMC, vale la pena consultar un reporte elaborado en 2020 por un centro de estudios independiente, el Economic Policy Institute (EPI), acerca de la situación de los trabajadores agrícolas que laboran en Estados Unidos (disponible en https://www.epi.org).

Según el reporte, estos trabajadores ganan los salarios más bajos de ese país y sufren una cantidad de atropellos en su lugar de trabajo por encima del promedio nacional.

Agrega que  la gran mayoría (más del 70%) de las inspecciones realizadas  por la División de Salarios y Horas (Wage and Hour Division, WHD) del Departamento de Trabajo de Estados Unidos,  detectaron diversas infracciones laborales, como robo de salarios (wage theft)  por parte de los empleadores; alojamiento y transportación  de los trabajadores inadecuados;  despidos injustificados y registros irregulares de sus contratos, entre otras, que no cumplen con las leyes previstas para proteger a los trabajadores rurales (farmworkers), sobre todo en los estados de California y Florida.

Las inspecciones detectaron millones de dólares sustraídos a los trabajadores pues no se pagaron los salarios completos, lo que ha acarreado multas millonarias a los empleadores agrícolas.

Se calcula que los patrones tuvieron que pagar 76 millones de dólares a 154 mil trabajadores rurales y otros 63 millones por multas debido a diversos incumplimientos legales entre 2000 y 2019.En particular, a los trabajadores temporales, han sido los más vulnerados.

Los contratistas de trabajadores rurales que no son patrones (sino enganchadores) fueron los violadores más severos entre 2005 y 2019. Estos subcontratistas representaron el 14% del empleo rural, pero fueron responsables del 24% de las infracciones entre 2005 y 2019.

Sin embargo, dice el EPI, estas cifras son apenas la punta del iceberg. La detección de las violaciones a las leyes laborales se complica por dos razones:

Primero, debido a que gran parte de los trabajadores rurales son indocumentados o sólo tienen permisos temporales (con la visa H-2 A). Su situación migratoria dificulta que hagan las quejas correspondientes.

Por otro lado, las autoridades del trabajo de EU carecen de capacidad para hacer cumplir la ley debido a la falta de fondos y de personal.

Todo ello hace a estos trabajadores queden muy vulnerables a la explotación y muestra que las transgresiones detectadas representen sólo una pequeña parte de las que realmente existen. Los empleadores pueden transgredir las leyes impunemente, ya que dichos atropellos, la mayoría de las veces, no son denunciados.

Además, según el estudio del EPI, la ley federal exenta a los trabajadores rurales de algunos derechos básicos que gozan otros trabajadores en los EU, por ejemplo, el derecho a formar y adherirse a sindicatos, y a que se les paguen las horas extras adicionales a las 8 horas diarias o 40 horas a la semana.

Se calcula que puede haber entre 2.5 a 3.4 millones de trabajadores rurales. Los diversos censos de las autoridades estadounidenses no son precisos debido a la temporalidad de los empleos y a la rotación de los trabajadores.  Además, la intervención de los subcontratistas hace que se dificulte saber con exactitud cuántos trabajadores realmente laboran en las faenas agrícolas en EU.

De acuerdo con lo anterior, puede suponerse que hay millones de mexicanos que laboran en empresas rurales en Estados Unidos que sufren constantes agresiones a sus derechos laborales. Sólo una pequeña parte recibe atención por parte de las autoridades y muchos casos quedan ocultos y por lo tanto se repiten cada año.

Este sombrío panorama no concuerda con los compromisos adquiridos en el T-MEC, en particular en el capítulo 23. Ahí se señala, entre otras cosas, que cada “parte” es decir cada uno de los gobiernos que integran el Tratado, se comprometen a adoptar… “leyes y regulaciones, y prácticas… que regulen condiciones aceptables de trabajo respecto a salarios mínimos, horas de trabajo, y seguridad y salud en el trabajo”.

Tampoco se apega a  la cláusula que señala que cada país  promoverá el cumplimiento de sus leyes laborales a través de medidas gubernamentales adecuadas, tales como: nombrar y capacitar inspectores; vigilar el cumplimiento e investigar presuntas violaciones a la ley; iniciar, de una manera oportuna, procedimientos para procurar sanciones o remedios adecuados por violaciones a sus leyes laborales; e implementar remedios y sanciones impuestos por el incumplimiento con sus leyes laborales, incluyendo la recaudación oportuna de multas y la reinstalación de los trabajadores.

Y, claramente, hay una abierta violación al Artículo 23.8 que se refiere explícitamente a los trabajadores migrantes, ya que en este apartado se dice:

“Las Partes (gobiernos) reconocen la vulnerabilidad de los trabajadores migrantes con respecto a las protecciones laborales. Por consiguiente… cada Parte asegurará que los trabajadores migrantes estén protegidos conforme a sus leyes laborales, sean o no nacionales de la Parte”.

La situación de los jornaleros o trabajadores agrícolas en México es también lamentable. Sin embargo, ello no puede justificar que nuestro país deje de reclamar el cumplimiento del T-MEC del lado estadounidense. Las dos partes (y Canadá) tienen que proteger mejor a los trabajadores. A eso se comprometieron explícitamente, según el texto del Tratado.

Aumentar el número de visas temporales para los mexicanos (y centroamericanos) no merece festejarse si no se acompaña de una queja, reclamo o solicitud de investigación, bajo los mecanismos del T-MEC, para que el gobierno de EU aumente los fondos federales para la inspección del Departamento de Trabajo; se contrate a un mayor número de inspectores y se les capacite adecuadamente; se les destine especialmente a los estados de California y Florida; se recomiende revisar o crear nuevas leyes que protejan a los trabajadores agrícolas; y se regule adecuadamente la subcontratación de aquellas empresas o personas que llevan trabajadores mexicanos y de otros países a los campos agrícolas de EU.

El Tratado contempla diversos mecanismos en materia laboral: en primer lugar, cualquiera de los tres países podrá solicitar consultas con otro gobierno respecto a cualquier asunto laboral mediante la entrega de una solicitud escrita.  Una vez recibida la solicitud, deberá iniciarse un diálogo entre las partes dentro de los 30 días siguientes que pude conducir a la “implementación de un plan de acción”; “la verificación independiente del cumplimiento o implementación por los individuos o entidades, tales como la OIT”; o “programas de cooperación” entre los países involucrados, para resolver los problemas planteados.

Para analizar estos asuntos, el Tratado dispone también de un Consejo Laboral formado por los “ministerios de comercio y trabajo, según lo designe cada Parte” que podrá “considerar cualquier asunto dentro del ámbito de aplicación de este Capítulo laboral”. De la misma manera, existe un llamado “punto de contacto” es decir, una “oficina o un funcionario dentro de su ministerio del trabajo”. Tiene, entre otras, la obligación de: “…responder a solicitudes de información y proporcionar suficiente información para permitir un examen exhaustivo de asuntos relacionados con los asuntos laborales”.

De acuerdo con las investigaciones oficiales e independientes, hay materia para aprovechar estos mecanismos y plantear el tema de la situación laboral de los trabajadores agrícolas mexicanos que laboran en Estados Unidos.

La impunidad ha sido, hasta ahora, la tónica dominante. Las violaciones de los derechos laborales han sido masivas y reiteradas desde hace tiempo. Algo se puede y se tiene que hacer al respecto….

saulescobar.blogspot.com

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